Manuel Solís | Desde el Caribe |
Las modificaciones enviadas por la Cámara de Diputados al proyecto de decreto que reforma la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Con 83 votos a favor y 38 en contra, el Pleno avaló una reforma que, según sus promotores busca perfeccionar el juicio de amparo como instrumento central de protección de los derechos fundamentales, pero que sus detractores califican como una amenaza a las garantías constitucionales.
La presidenta del Senado, Laura Itzel Castillo Juárez, explicó que la minuta tiene su origen en una iniciativa impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, la cual fue objeto de análisis en audiencias públicas con más de 40 especialistas. El proyecto, dijo, fue modificado sustancialmente para eliminar ambigüedades y reforzar la claridad jurídica, especialmente en los artículos 128 y 129 de la Ley de Amparo.
Entre los cambios más relevantes, el artículo 128 sustituye el término interés público por disposiciones de orden público, con el objetivo de evitar interpretaciones discrecionales que pudieran vulnerar el carácter garantista del amparo. Además, se elimina la fracción V, que hacía referencia a daños de difícil reparación, para armonizar la norma con los principios de progresividad y acceso efectivo a la justicia.
El artículo 129 también fue precisado para establecer que será contrario al interés social continuar con actividades o servicios federales sin autorización, fortaleciendo así la certeza jurídica y la correcta aplicación de la ley.
El régimen transitorio fue uno de los puntos más controvertidos. El nuevo tercero transitorio determina que las etapas procesales concluidas antes de la entrada en vigor de la reforma se regirán por la legislación anterior, mientras que las actuaciones futuras se ajustarán al nuevo marco legal, sin aplicar retroactividad ni afectar derechos adquiridos. Esta redacción busca disipar los temores sobre una aplicación retroactiva, señalada en su momento por diversos sectores.
Sin embargo, las posiciones en el Pleno fueron encontradas. El senador Clemente Castañeda (MC) calificó la reforma como “regresiva y no sustantiva”, advirtiendo que debilita la función protectora del amparo frente a los abusos de poder.
La senadora Alejandra Barrales insistió en que el transitorio mantiene el riesgo de retroactividad, mientras que la priista Carolina Viggiano consideró que la reforma otorga más poder al poder y restringe el acceso ciudadano a la justicia.
En contraste, legisladores de Morena, PT y PVEM defendieron que los cambios fortalecen el sentido social del amparo, evitando que sea un instrumento de evasión fiscal o dilación judicial.
Para el senador Manuel Huerta Ladrón de Guevara, la reforma reafirma que no existe retroactividad y que los derechos adquiridos permanecen a salvo, consolidando al amparo como una herramienta al servicio del pueblo.
Al final, las reservas de la oposición fueron rechazadas, y el dictamen fue remitido al Ejecutivo Federal para su publicación.
Más allá de la confrontación política, el debate refleja una tensión histórica, cómo equilibrar la protección de los derechos fundamentales con la necesidad del Estado de garantizar el interés social y el orden público.
El tiempo dirá si esta reforma consolida al juicio de amparo como un instrumento de justicia más ágil y efectivo, o si, como advierten algunos, abre una grieta en la defensa de los derechos constitucionales.
0 Comentarios